Documento oficial necesario para trámites legales y administrativos tras el fallecimiento de una persona
Complete el formulario con los datos del fallecido para iniciar el trámite
Todos los datos están protegidos y se manejan con estrictos protocolos de seguridad.
El acta de defunción es el único documento válido para acreditar legalmente el fallecimiento de una persona ante instituciones públicas y privadas en México.
Incluye sello oficial, código QR de verificación y folio único registrado en el sistema estatal.
Aceptada en todos los trámites que requieran comprobar el fallecimiento, con reconocimiento internacional mediante apostilla.
Obtención inmediata en oficinas o descarga digital en minutos para defunciones recientes.
Documento esencial para procesos legales y administrativos posteriores al fallecimiento.
Para iniciar juicios de herencia y testamentaría
Cancelación de cuentas y cobro de seguros
Cancelación de servicios médicos y seguros
Para procesos de reunificación familiar
Ingrese la información del fallecido: nombre completo, fecha y lugar de defunción. Mientras más precisa sea la información, más rápido será el proceso.
Nuestro sistema cruzará los datos con los registros oficiales para localizar el acta correspondiente. Para defunciones recientes, el proceso es casi inmediato.
Elija entre recoger el acta en las oficinas del Registro Civil o recibirla digitalmente en su correo electrónico con la misma validez legal.
Documentación necesaria para agilizar el proceso de solicitud.
Plazos legales: En Yucatán, la inscripción de defunción debe realizarse dentro de las primeras 48 horas después del fallecimiento. Pasado este plazo, se requieren trámites especiales.
Defunciones ocurridas en el extranjero: Deben registrarse primero en el Consulado de México correspondiente antes de poder solicitar el acta en el Registro Civil.
Correcciones: Cualquier error en el acta debe corregirse mediante juicio especial ante el Registro Civil, presentando documentos probatorios.
Resolvemos las dudas más comunes sobre este trámite en Yucatán.
Cualquier persona mayor de edad puede solicitar una copia del acta de defunción presentando identificación oficial. Los familiares directos (cónyuge, hijos, padres) tienen prioridad y pueden requerir menos documentación.
Para defunciones recientes (últimos 5 años), el proceso es inmediato en oficinas y menor a 24 horas para la versión digital. Para registros antiguos, la búsqueda puede tardar hasta 20 días hábiles dependiendo de la antigüedad.
Sí, las actas emitidas digitalmente por el Registro Civil de Yucatán incluyen firma electrónica avanzada y son válidas para cualquier trámite oficial. Pueden verificarse mediante el código QR o número de folio único que incluyen.
Debe presentar una solicitud de corrección ante el Registro Civil donde se expidió el acta original, acompañada de documentos probatorios. Este trámite requiere la presencia del familiar más cercano y puede tardar hasta 45 días hábiles.
Sí, pero deberá solicitar la apostilla correspondiente en la Secretaría de Relaciones Exteriores. En Yucatán puede iniciar este trámite en las oficinas del Gobierno del Estado junto con su solicitud de acta.
Obtenga su documento legal con validez oficial en el menor tiempo posible.
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